Preparan reglas para elegir rector de la UAQ


Las reglas para elegir a la próxima persona titular de la rectoría de la Universidad Autónoma de Querétaro (UAQ), serán dadas a conocer por la Comisión Electoral el próximo 28 de septiembre, cuando se declare la inamovilidad del Consejo universitario.

La Ley Orgánica de la UAQ es la normativa que contempla los puntos del proceso para la elección de la persona titular de la rectoría: entre los elementos clave se encuentra la posibilidad de reelección por un periodo de tres años, así como también el haber sido catedrático durante los últimos tres años previos a la elección.

Además, la Ley en su artículo 21 también establece que las personas que se postulen como candidatas deben tener al menos 30 años y máximo 60. También es necesario no desempeñar ningún cargo público ni a la fecha de su elección ni durante el desempeño del cargo.

El proceso contempla que la Comisión Electoral sea la que publique la convocatoria con las características y fechas para llevar a cabo tanto las postulaciones de candidaturas, como las campañas y las elecciones, así como también la ratificación de estas.

La Comisión Electoral estará conformada por ocho miembros de las distintas facultades, escuelas e institutos, tanto docentes como alumnos, además de la rectora, de acuerdo con el artículo 84 del Estatuto Orgánico de la UAQ. Ninguno de los integrantes puede ser candidato a la rectoría. Las labores de esta Comisión consisten en la organización del proceso, además de la organización de foros para dar a conocer los proyectos y planes de trabajo de cada uno de los candidatos.

La normativa universitaria establece que los periodos a cargo de la rectoría son de tres años, con la posibilidad a una reelección. Las candidatas y candidatos deberán registrarse en los siguientes diez días posteriores a la publicación de la convocatoria emitida por la Comisión Electoral.

Después de que se lleven a cabo las votaciones, en las que la comunidad universitaria docente y alumna pueda ejercer su derecho, la elección culminará con la votación nominal en el Consejo Universitario y la persona ganadora será quien reúna las dos terceras partes del total del quórum legal requerido por el estatuto orgánico de la UAQ.

“…de no obtener esta cantidad, se convocarán a las sesiones que sean necesarias y en la que contenderán únicamente los dos candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos en la primera sesión”, señala el documento.

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Usualmente, la convocatoria emitida por la Comisión Electoral señala que los consejeros universitarios deberán emitir su voto en consideración de lo que haya resultado en los comicios al interior de la unidad académica que representan. De no lograr que alguna de las personas candidatas obtenga las dos terceras partes de los votos, será posible llevar a cabo una segunda y hasta una tercera sesión del Consejo hasta que se obtengan resultados.



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